En una decisión histórica, el Senado de la República Mexicana aprobó, con 110 votos a favor, 5 en contra y 2 abstenciones, la reforma que eleva a rango constitucional la prohibición de la producción, distribución y comercialización de vapeadores y drogas sintéticas, como el fentanilo.
Aunque la medida aún debe ser ratificada por al menos 17 congresos estatales y publicada en el Diario Oficial de la Federación, ha generado diversas interrogantes entre los consumidores de dispositivos para fumar, como las hookahs y los bongs, que poseen funciones similares a los vapeadores.
La nueva reforma no incluye explícitamente a las hookahs o narguiles, dispositivos que funcionan como pipas de agua. Aunque cumplen una función similar a los vapeadores al permitir inhalar humo, las hookahs no están prohibidas en México. Su uso está permitido para consumir sustancias como tabaco, pero su empleo para otras sustancias depende del marco legal correspondiente.
En México, los bongs no están prohibidos como tal, pero su uso está sujeto a regulación. Si bien su venta es legal bajo el argumento de que sirven para fumar tabaco, las sanciones pueden aplicarse si se utilizan para consumir sustancias ilegales, como marihuana no autorizada.
Aunque el consumo recreativo de marihuana sigue siendo ilegal en México, existen excepciones para el uso médico y el autoconsumo con permisos específicos. Por ello, las autoridades evalúan cada caso conforme a la Ley General de Salud y el Código Penal.
La reforma representa un esfuerzo por combatir problemas de salud pública asociados con los vapeadores y las drogas sintéticas, aunque aún queda por definir su impacto total. Especialistas sugieren que será clave establecer normas claras y promover campañas de información para evitar confusiones sobre qué dispositivos están permitidos y bajo qué condiciones.