SCJN Evaluará Penalización del Maltrato Animal y su Impacto en la Libertad de Culto

CIUDAD DE MÉXICO, México.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) analizará el próximo 22 de enero un proyecto elaborado por el ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá que busca validar los artículos 350 Bis y 350 Ter del Código Penal de la Ciudad de México. Estas disposiciones sancionan el maltrato animal con penas de prisión, pero han sido impugnadas por una practicante de santería cubana bajo el argumento de que vulneran su libertad de culto.

La demandante sostiene que los rituales de la santería cubana, conocida también como religión tradicionalista ifá-orisha, incluyen la inmolación de animales como parte de sus prácticas religiosas. Según su denuncia, las reformas aprobadas por el Congreso de la Ciudad de México en 2023 invaden competencias federales al interferir directamente con su práctica espiritual.

El proyecto del ministro González Alcántara Carrancá señala que estas disposiciones buscan proteger a los animales del maltrato y no tienen como propósito la prohibición de ninguna religión. El artículo 350 Bis del Código Penal establece penas de hasta tres años de prisión por maltrato animal, mientras que el artículo 350 Ter impone hasta seis años de cárcel si el maltrato resulta en la muerte del animal.

Además, el ministro argumenta que las entidades federativas tienen atribuciones legales para legislar sobre bienestar animal y que estas reformas son una respuesta a la persistencia de casos de maltrato en la capital del país.

La decisión de la SCJN definirá los límites entre el derecho a la libertad religiosa y las normativas para la protección de los animales, sentando un precedente significativo en la materia.

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